Subvenciones

Tramitación rápida con garantías

¿Hay subvenciones?, ¿son reales?

La respuesta es SI, recientemente se ha activado el Programa de Rehabilitación Energética de Edificios (PREE) en la Comunidad de Madrid, destinado a actuaciones de mejora de la eficiencia energética en la envolvente térmica en todos los edificios de nuestro parque urbanístico madrileño.

 

¿Quién puede beneficiarse de estas ayudas?

Podrán obtener la condición de beneficiarios de las ayudas cualquiera de los sujetos, que se enumeran a continuación:

– Persona física o jurídica de vivienda unifamiliar aislada o agrupada en fila o edificios de tipología residencial colectiva.
– Arrendatario de vivienda.
– Comunidad de Propietarios o Agrupación de Comunidades de Propietarios.
– Propietarios Agrupados.
– Empresa explotadora, arrendataria o concesionaria de edificio.
– Sociedades cooperativas.

¿Cuál es el importe de las ayudas?

La cuantía máxima de la subvención a conceder por edificio va en función de los ahorros de consumo energía primaria no renovable conseguidos pudiendo alcanzar entre el 40 y el 80% de los costes de la intervención.

 

¿Qué costes son subvencionables?

– Coste de las obras.
– La gestión inherente al desarrollo de la actuación y los gastos asociados.
– Los honorarios de los profesionales intervinientes en la gestión y desarrollo de las actuaciones.
– El coste de la redacción de los proyectos.
– Informes técnicos y certificados necesarios.
– Los gastos derivados de la tramitación administrativa y otros gastos generales similares.
– No se consideran costes subvencionables los correspondientes a licencias, tasas, impuestos o tributos. Salvo los importes correspondientes al IVA, que podrán ser incluidos entre los costes subvencionables siempre y cuando no pueda ser susceptible de recuperación o compensación total o parcial por parte del beneficiario último.

¿Qué requisitos piden?

Los edificios objeto de rehabilitación de este programa sobre, deben cumplir los siguientes requisitos, se deben alcanzar los siguientes ahorros:

– Reducción de al menos el 30% del consumo energía primaria no renovable, referida a la certificación energética.
– Reducción de la demanda de energía global anual de calefacción y refrigeración de:
Un 35% en zonas climáticas D y E.
Un 25% en zona climática C.

 

¿Cómo actuamos nosotros en este proceso?”

Disponemos de un departamento especializado en la gestión de todo tipo de ayudas para el ahorro energético. Ustedes no tendrán que realizar ninguna labor administrativa ya que seremos nosotros los encargados de recopilar toda la documentación necesaria para la correcta presentación de solicitud, así como realizar el seguimiento hasta su resolución.

OGR garantiza cumplir con todos los requisitos técnicos y administrativos solicitados en este proceso de tramitación con el IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía)

¿Alguna duda? Es lógico, no se preocupe, llámenos o contacte a través de nuestro formulario y estaremos encantados de atenderle.

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